Teniendo en cuenta las diferentes condiciones climatológicas que inciden sobre las diversas ubicaciones de los centros de trabajo, el Convenio General de la Construcción otorga a cada Convenio Provincial autonomía para pactar, según los casos, una distribución variable de la jornada máxima anual.
En este sentido, los calendarios laborales publicados para el año 2025 en las provincias de Cáceres, Badajoz y Madrid, establecen una jornada laboral en cómputo anual de 1.736 horas distribuidas en 40 horas semanales de trabajo efectivo de lunes a viernes, salvo pacto en contrario y de la misma manera disponen una reducción de la jornada de una hora diaria durante el periodo comprendido entre el 14 de julio al 14 de agosto, ambos inclusive, sobre la jornada ordinaria legalmente establecida.
- Calendario Laboral Construcción Cáceres
- Calendario laboral Construcción Badajoz
- Calendario laboral Construcción Madrid
Esta medida tiene como objetivo reducir el riesgo de insolaciones o golpes de calor derivados de la sobre exposición al sol, factor de riesgo a tener muy en cuenta en los Planes de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción y recogido de forma explícita en estos convenios provinciales.
Por último, es nuestro deber informarles de las incisivas campañas estivales que llevan a cabo las Organizaciones Sindicales a fin de denunciar ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social los incumplimientos empresariales en cuanto a la reducción de jornada en verano en el sector de la Construcción, sancionable por constituir una infracción administrativa grave (RDL 5/2000 art. 7.5 y 40) con multas empresariales desde 626 € a 6.250€.
Expuesto cuanto antecede, y en la labor que nos es propia, les recomendamos cumplan con la citada normativa: reducción de una hora en la jornada laboral diaria del 14 de julio al 14 de agosto (ambos inclusive), a los efectos de evitar aquellas sanciones que de su incumplimiento pudieran imponérsele.
DEPARTAMENTO LABORAL
Grupo Simal Abogados, Asesores y Consultores






