Novedades de la campaña del Impuesto sobre Sociedades 2025

La campaña del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2025 comenzó el 1 de julio, y este año llega cargada de novedades que pueden tener un impacto real en la factura fiscal de cada empresa. A continuación, resumimos los puntos más importantes que debe conocer:
¿Cuándo hay que presentar el impuesto?
Para la mayoría de las empresas (aquellas que cierran su ejercicio el 31 de diciembre), el plazo para presentar el Modelo 200 será del 1 al 27 de julio de 2026. Si el resultado es a ingresar y desea domiciliar el pago, el plazo finaliza un poco antes, el 22 de julio de 2026.
¿Quién está obligado a declarar?
Es importante recordar que incluso las sociedades inactivas (aquellas que no tienen actividad pero siguen inscritas en el Registro Mercantil) tienen la obligación de presentar la declaración. Asimismo, las entidades parcialmente exentas, como fundaciones o clubes deportivos, deben declarar salvo que cumplan ciertos límites de ingresos (menos de 75.000 € anuales de ingresos totales, entre otros requisitos).
Nuevos tipos de gravamen (Régimen Transitorio 2025)
Aunque se han aprobado reducciones importantes a futuro, para los períodos que se inicien en 2025 se aplicará un régimen transitorio con los siguientes tipos:
  • Micropymes (INCN < 1 millón €): 21% para los primeros 50.000 € de beneficio y 22% para el resto.
  • Entidades de Reducida Dimensión (INCN < 10M €): 24%.
  • Entidades de nueva creación: 15% (durante los dos primeros ejercicios con beneficio).
  • Tipo General: 25%.

*Estos tipos reducidos no se aplican a entidades patrimoniales. Además, cuando tu empresa forme parte de un grupo de empresas, el INCN a computar será la suma del de todas las sociedades del grupo, lo que puede excluirte de estos beneficios.

Mejores incentivos por invertir y crear empleo
  • Reserva de Capitalización: Este incentivo mejora. El porcentaje general de reducción del beneficio sube del 15% al 20%. Además, si su empresa incrementa la plantilla media de trabajadores, esta reducción puede llegar hasta el 30%.
  • Transición Energética: Se mantiene la libertad de amortización (un beneficio que permite deducir más rápido la inversión) para instalaciones de autoconsumo de energía renovable y para infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos que entren en funcionamiento en 2025.
Ayudas por la DANA
Las empresas que hayan percibido ayudas públicas de la Comunidad Valenciana para paliar los efectos de la DANA deben saber que estas rentas están exentas y no tributarán en el Impuesto sobre Sociedades.

Esta campaña combina cambios de calado (tipos de gravamen, reserva de capitalización, tributación mínima) con ajustes técnicos que exigen revisar con detalle cada caso.

La correcta aplicación de estos incentivos puede suponer un ahorro fiscal significativo, pero también requiere un análisis riguroso para evitar errores o pérdida de beneficios (como en el ejemplo de la tributación mínima).

Le invitamos a consultar el informe completo realizado por nuestro equipo para no perder ningún detalle técnico o beneficio aplicable.

👉 Enlace: Novedades IS 2025
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