AYUDAS A LA CONTRATACIÓN PARA LA CONCILIACIÓN Y CORRESPONSABILIDAD DE LA VIDA PERSONAL, FAMILIAR Y LABORAL

La Junta de Extremadura aprueba ayudas a la contratación, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral.


Con estas ayudas se pretende mejorar la empleabilidad de las personas trabajadoras de Extremadura, propiciando fórmulas para conciliar que permitan el acceso y la permanencia en el mercado laboral, tras las dificultades sobrevenidas por la situación de crisis sanitaria, además de mejorar el acceso a recursos que permitan conciliar a trabajadores y trabajadoras del medio rural, con menores posibilidades y recursos que las poblaciones de mayor tamaño y, por último, motivar hacia el empleo en el sector de los cuidados a personas desempleadas e inactivas o aquellas que puedan encontrase en situación de vulnerabilidad.

Las ayudas están dirigidas a personas que residen en Extremadura y que se encuentran en situaciones donde la conciliación de la vida laboral y familiar se ve dificultada. Los beneficiarios pueden ser:

  • Familias con hijos menores de 14 años.
  • Familias con miembros que posean una discapacidad reconocida igual o superior al 33%.

Para ser beneficiaria habrán de reunir los siguientes requisitos:

  1. Residir y figurar empadronada junto con el hijo o la hija menor de 14 años o el familiar de primer o segundo grado de consanguineidad o afinidad con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, para cuyo cuidado se contrata a una persona, en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En los casos en los que exista un acuerdo de custodia compartida, se computará el tiempo de convivencia y el cálculo del período objeto de la subvención en proporción, según los términos del citado acuerdo.
  2. La persona beneficiaria y en su caso, su pareja conviviente, deberán ejercer una actividad retribuida por cuenta ajena o por cuenta propia.
  3. Ninguno de los integrantes de la unidad familiar podrá encontrarse en situación de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento y cuidado de persona menor en el marco de la normativa de la Seguridad Social.

Todos estos requisitos deben cumplirse en el momento que se formule la solicitud de ayuda y mantenerlos mientras dure la actividad subvencionable.

Cuantía de las ayudas

La cuantía de la ayuda estará destinada a sufragar los costes de contratación de la persona que preste el servicio de cuidados en el domicilio por el periodo solicitado y/o con fecha límite el 31 de diciembre de 2024.

La cuantía se incrementará en un 10% en los supuestos en los que la persona solicitante resida en un municipio en cuyo padrón municipal actualizado a fecha de 31 de diciembre el año anterior a la convocatoria, consten menos de 5000 habitantes. Asimismo, podrá incrementarse en un 10% si la persona a la que se contrata para el cuidado en el domicilio es víctima de violencia de género, y otro 10% si la unidad familiar es monoparental. Estos porcentajes podrán acumularse hasta un máximo de 1.100 euros mensuales.

La cuantía de la ayuda no podrá superar los 1.100 euros mensuales en 12 pagas.

Plazo de presentación: desde: 19 de junio de 2024 hasta el 30 de octubre de 2024.

Contacte con nuestro departamento de subvenciones para tramitar dichas ayudas.

Grupo Simal Abogados, Asesores y Consultores