El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto ley mediante el que se regulan y convocan las ayudas directas a autónomos y empresas financiadas por el Gobierno de España.
El objetivo de estas ayudas es la recuperación y crecimiento de aquellas empresas que, a pesar de atravesar dificultades financieras, resultan viables por disponer de un plan a medio plazo factible y un modelo de negocio idóneo.
Para obtener la condición de beneficiarios, las empresas, autónomos y profesionales deberán acreditar haber sufrido en el año 2020 una disminución de más de un 30% en el volumen de operaciones en comparación con el volumen de operaciones del año 2019, o haber aplicado el régimen de estimación objetiva en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en los ejercicios 2019 o 2020.
Estas subvenciones tienen un carácter finalista y deben destinarse a satisfacer las deudas y pagos pendientes a acreedores entre 1 de marzo 2020 y 31 de mayo de este año. Además, los beneficiarios deben cumplir una serie de requisitos y obligaciones, entre las que destaca el mantenimiento de la actividad hasta el 30 de Junio de 2022.
El decreto establece una serie de cuantías límites a las ayudas dependiendo de las características empresariales del solicitante, pero, en cualquier caso la cuantía de la ayuda nunca será superior a la duda acreditada. Las cuantías de las subvenciones oscilan entre los 3.000 euros, y los 200.000 existiendo entre ambas un amplio abanico de circunstancias dependiendo del modo de cotización y del número de empleados de las empresas. Se especifica igualmente unas cuantías mínimas de ayudas, 4.000 euros, y máximas, 20.000 euros, para los solicitantes que no puedan certificar haber tenido actividad en un año completo.
El plazo de presentación de solicitudes se extiende desde el día 1 al 21 de julio.
Para ampliar la información de estas ayudas, contacte con nuestro Departamento de Subvenciones.
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