Cómo proceder ante las nuevas medidas del RD Ley 6/2020 en el ámbito económico y para la protección de la salud pública (COVID-19)

El objetivo de este Real Decreto es el de garantizar la protección social de los trabajadores que causen baja por aislamiento y/o enfermedad causada por el SARS-CoV-2, así como el abastecimiento del material necesario en nuestro sistema nacional de salud.

  • Se considerará, con carácter excepcional, situación asimilada al Accidente de Trabajo, exclusivamente a efectos de la prestación de Incapacidad Temporal, aquellos períodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras provocado por el SARS-CoV-2.
  • Duración de la prestación: determinada por el parte de baja por aislamiento y el correspondiente alta.
  • Podrá causar derecho a la prestación cualquier persona trabajadora por cuenta propia o ajena que se encuentre en la fecha del hecho causante en situación de alta en cualquier régimen de la Seguridad Social.

Fecha del hecho causante: fecha en la que se acuerde el aislamiento o enfermedad, aunque el parte de baja se expida con posterioridad.

Accede al documento completo:  Real Decreto-ley 6/2020

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