YA SE PUEDEN RECLAMAR LAS SANCIONES DEL MODELO 720

En enero de 2022, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró ilegal el régimen sancionador del Modelo 720 (Declaración Informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero). El fallo, considera que la normativa fiscal española impone unas restricciones a la libre circulación de capitales «desproporcionadas». La Justicia europea elimina así el Modelo 720 al completo, tanto el fondo del mecanismo, como sus elevadas multas.
La doctrina establecida por la justicia europea ya ha sido aplicada por el Tribunal Supremo, que en varias sentencias ha declarado la nulidad, con efecto retroactivo, de las multas impuestas por la Agencia Tributaria.
El efecto de la aplicación retroactiva de esta doctrina del Tribunal europeo plantea la posibilidad, a aquellos que fueron sancionados por el Modelo 720, de reclamar la devolución de las sanciones pagadas. El procedimiento dependerá de la situación de cada contribuyente; será distinto, en cada caso, si los recursos están en marcha, si la sanción está en plazo para recurrir o si la sanción es ya firme.
En función del estado del procedimiento de las sanciones, el procedimiento de recuperación puede ser diferente, dependiendo del caso concreto.
El hecho de que, en el pasado, se hayan impugnado las sanciones tiene implicaciones a la hora de solicitar la devolución:

  1. Si se ha recurrido la sanción, y no se ha recibido respuesta, podemos analizar su caso para agilizar el procedimiento de devolución.
  2. En caso de no haber recurrido las sanciones recibidas por el Modelo 720, podemos solicitar ahora su devolución ante la Agencia Tributaria.

El régimen sancionador que era aplicable como consecuencia de la falta de presentación, presentación incorrecta o fuera de plazo del Modelo 720 podía implicar:

  • Una sanción del 150% de la cuota pagada por la ganancia patrimonial no justificada, aplicable en caso de incumplimiento de la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero o de presentación extemporánea del Modelo 720;
  • Sanciones fijas por incumplimiento de la obligación de información respecto de los bienes y derechos en el extranjero o por presentación extemporánea del Modelo 720.

Como el régimen sancionador del Modelo 720 ha sido declarado ilegal por la justicia europea, todas estas sanciones son susceptibles de devolución.

Desde GRUPO SIMAL, podemos analizar su caso y ayudarle a recuperar las sanciones pagadas por el Modelo 720.

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