La Ley de Sociedades de Capital (LSC) obliga a las sociedades mercantiles dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, al depósito de las mismas en el Registro Mercantil del domicilio social donde radiquen. El incumplimiento de esta obligación acarrea además del cierre registral (que no se inscriba en el Registro Mercantil...Continue Reading