Notificaciones 060 | El riesgo de no revisar tu buzón online

Desde hace ya algún tiempo es obligatorio para determinadas personas  relacionarse con las Administraciones Públicas a través de las notificaciones telemáticas que encontramos en la sede electrónica de la AEAT. En el caso de las personas jurídicas el sistema es obligatorio desde hace algunos años, y no es descartable que en un futuro no muy lejano lo sea para todos los contribuyentes, en el marco de la extensión de la administración electrónica.

Los efectos de la notificación se producen en el momento del acceso al contenido del acto notificado, o bien, si este acceso no se efectúa, por el transcurso del plazo de 10 días naturales desde su puesta a disposición en dicha dirección electrónica. Transcurrido el plazo indicado, la notificación se entiende practicada y así constará en el buzón electrónico.

Es importante que su empresa esté al tanto porque tras darle por notificado de forma automática comienza el plazo para contestar o recurrir dicha notificación. Estos plazos dependen de cada tipo de requerimiento o trámite. Esto quiere decir que si no se está atento a estas notificaciones puede que se pase el plazo para contestar o recurrir las mismas.

En Grupo Simal gestionamos su buzón electrónico para que esté al día en relación a todas las notificaciones. Sabemos que usted no tiene tiempo para revisarlas diariamente. Ni para acceder a otros requerimientos recibidos en fechas anteriores.

Contacte con nosotros, y evite ser sancionado.

Notificaciones 060 | El riesgo de no revisar tu buzón online.

 

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