Ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital en Extremadura

Subvenciones Teletrabajo Extremadura

La finalidad principal de estas ayudas es contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19.

 

Beneficiarios

 

  • Tendrán la condición de beneficiario los autónomos o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.

 

  • También podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado. En estos casos, deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

 

Serán subvencionables las siguientes modalidades de ayuda y cuantías asociadas a las mismas:

  1.  Ayudas a la Implantación de soluciones de teletrabajo.
  2.  Ayudas al Emprendimiento Digital.

 

AYUDAS A LA IMPLANTACIÓN DE SOLUCIONES DE TELETRABAJO: Con esta modalidad de ayuda se apoya la implantación de soluciones de teletrabajo que posibiliten la adecuación de las Pymes y autónomos a nuevas situaciones y tendencias del mercado. Dentro de esta modalidad se establecen dos categorías de servicios subvencionables:

 

CONECTIVIDAD. Serán subvencionables los siguientes servicios: 

1. Asistencia Técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación particularizado al teletrabajo”: El objeto de este servicio es que se elabore un “Plan de adecuación particularizado al teletrabajo” específico para la empresa solicitante. Este plan deberá describir el itinerario para implantar el teletrabajo como alternativa y/o refuerzo del trabajo presencial.

          Cuantía Máxima Subvencionable total 600,00 €

 

2. Implantación de teletrabajo en la empresa: El objeto de este servicio es implantar el teletrabajo en la empresa solicitante.

Serán subvencionables los siguientes gastos asociados al servicio:

  • Gastos en licencias y adquisición de las herramientas software.
  • Adquisición de equipos especializados, salvo los expresamente excluidos en esta ayuda.
  • Instalación y configuración de las herramientas software y hardware de los apartados anteriores.
  • Asistencias técnicas y servicios especializados para la implantación del teletrabajo.
  • Asistencia técnica de mantenimiento del teletrabajo ante posibles incidencias y cambios durante un periodo mínimo de 2 meses y máximo del tiempo establecido para la ejecución de la ayuda, con un coste no superior al 15 % del importe de la subvención concedida para este servicio.
  • Formación técnica adaptada a las soluciones que se implanten con un coste no superior al 10% del importe de la subvención concedida para este servicio. Esta formación deberá ir dirigida a los empleados de la empresa.

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

 

 OFICINA EN LA NUBE. Serán subvencionables los siguientes servicios:

  1.  Suscripción por cada puesto de usuario (1 suscripción por cada puesto). El objeto de este servicio es cubrir las necesidades fundamentales de cada puesto de usuario de la empresa solicitante. Suscripción por cada puesto de usuario, con un máximo por unidad de 120,00 € de subvención.

 

  1.  Sistema de gestión empresarial (ERP). El objeto de este servicio es cubrir las necesidades fundamentales para la gestión del negocio de una empresa mediante un Sistema de Gestión Empresarial (ERP).

 

  1.  Sistema de gestión de la relación con los clientes (CRM). El objeto de este servicio es cubrir las necesidades fundamentales para la gestión de la relación entre empresas y clientes, mediante un sistema de gestión de la relación con los clientes o Solución Customer Relationship Management (CRM).

 

  1.  Infraestructura como servicio (IaaS). El objeto de este servicio es cubrir las necesidades básicas de infraestructura de la empresa.

 

  1.  Plataforma como servicio (PaaS). El objeto de este servicio es proporcionar de las capacidades de infraestructura y plataforma mínimas para el desarrollo y ejecución de aplicaciones software de una empresa.

 

  1.  Modernización de la equipación. El objeto de este servicio es la adquisición de equipos nuevos para dotar aquellos puestos de trabajo para cubrir necesidades de la empresa, así como la adquisición de las licencias necesarias para habilitar el puesto de trabajo funcional. Serán subvencionables en este servicio los gastos asociados a ordenadores y portátiles.

Cuantía máxima subvencionable 6.000€

 

 

AYUDAS AL EMPRENDIMIENTO DIGITAL. Con esta modalidad de ayudas se apoya la modernización de las pymes y autónomos implantando soluciones de tecnologías emergentes que se están consolidando en el mercado. Dentro de esta modalidad se establecen dos categorías de servicios subvencionables:

 

IMPULSO A LA IMPLANTACIÓN DIGITAL. Serán subvencionables los siguientes servicios:

  1.  Apoyo en la definición de planes de viabilidad de proyectos TIC. El objeto de este servicio es el apoyo en la confección de estudios de Viabilidad de la implantación de nuevas tecnologías en el ámbito de la organización.

 

  1.  Implantación de Soluciones TIC. El objeto de este servicio es la implantación de soluciones tecnológicas en los ámbitos que se definen en el anexo IV de la presente resolución.

 

  1.  Ampliación del conocimiento de la empresa. El objeto de este servicio es promover actuaciones destinadas a la ampliación de conocimientos especializados necesarios para adecuarse a los nuevos paradigmas tecnológicos del mercado.

 

  1.  Campañas de concienciación sobre buenas prácticas y promoción del uso de las tecnologías. El objeto de este servicio es impulsar campañas de concienciación al sector empresarial sobre buenas prácticas y promoción del uso de las Tecnologías.

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

 

CIBERSEGURIDAD. Serán subvencionables los siguientes servicios:

  1.  Asistencia técnica en la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de ciberseguridad” para la empresa. El objeto de este servicio es la elaboración de un “Plan de adecuación técnica de Ciberseguridad” específico para la empresa solicitante.

Cuantía Máxima Subvencionable total 600,00 €

 

  1.  Afianzamiento de la Ciberseguridad. El objeto de este servicio es la implantación de soluciones de ciberseguridad en el sector empresarial extremeño. Se considerarán productos llave en mano.

Cuantía Máxima Subvencionable total 6.000,00 €

 

Cuantía

El importe de la subvención consistirá en un porcentaje de hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 6.000 euros por beneficiario, independientemente del número de servicios que se soliciten.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Hasta el 20 de mayo de 2021

 

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