Ya es oficial, el modelo 347 se presenta en Febrero

NOVEDADES MODELO 347 GRUPO SIMAL

Con la publicación el día 31 de octubre de la Orden HAC/1148/2018, de 18 de octubre, podemos confirmar que se establece definitivamente que el plazo de presentación del modelo 347 es el mes de febrero de cada año en relación con las operaciones realizadas durante al año natural anterior.

En la citada orden se establecen otras modificaciones; por lo que respecta al modelo 347 se modifica el plazo de presentación regulado en el artículo 10 de de la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, para establecer con carácter indefinido el plazo de presentación del modelo 347 en el mes de febrero.

Os recordamos que desde finales de 2017 ya se anunció que el modelo 347 pasaría a presentarse en enero, como el resto de declaraciones informativas anuales. Algo que tuvo mucha repercusión, teniendo en cuenta el aumento de trabajo para este mes.

Desde que se publicó la orden en noviembre de 2017, los asesores fiscales y ATA alertaron de la complejidad y riesgos del adelanto. “El modelo 347 requiere cotejar la información con proveedores y clientes. Es imposible contactar con todos y cada uno de ellos en los apenas 20 días hábiles del mes de enero, más aún cuando hasta el día 31 de diciembre se están emitiendo facturas”.  Esto hubiera generado “multitud errores a la hora de presentar la información, que en muchos casos estaría incompleta, lo que podría incluso acarrear sanciones”. Como consecuencia de ello, la Agencia Tributaria también se vería perjudicada “el número declaraciones complementarias y sustitutivas se multiplicaría considerablemente”.

El mantenimiento de los plazos para presentar esta declaración en febrero ha sido fruto de las reuniones mantenidas por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos-ATA y la FETTAF con el Ministerio de Hacienda donde ambas organizaciones insistieron en el perjuicio que ocasionaría la coincidencia con el resto de declaraciones que tienen que presentar los autónomos en enero.

El citado modelo recoge la declaración anual de operaciones con terceras personas por importe superior a 3.005 euros y pagos en efectivo por encima de 6.000 euros y afecta a “casi la práctica totalidad del tejido empresarial de España, por lo que es una muy buena noticia el establecimiento del plazo de presentación en febrero con carácter definitivo.

Si tiene dudas al respecto consulte con nuestro departamento.

Grupo Simal Abogados, Asesores y Consultores

 

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