Desde hace ya algún tiempo es obligatorio para determinadas personas  relacionarse con las Administraciones Públicas a través de las notificaciones electrónicas. En el caso de las personas jurídicas el sistema es obligatorio desde hace algunos años, y no es descartable que en un futuro no muy lejano lo sea para las personas físicas, en el marco de la extensión de la administración electrónica.

Los efectos de la notificación se producen en el momento del acceso al contenido del acto notificado, o bien, si este acceso no se efectúa, por el transcurso del plazo de 10 días naturales desde su puesta a disposición en dicha dirección electrónica. Transcurrido el plazo indicado, la notificación se entiende practicada y así constará en el buzón electrónico. Sin embargo, años después de que esta ley entrara en vigor, muchas personas siguen sin revisar sus buzones.

Es importante que su empresa revise con frecuencia sus buzones electrónicos porque tras darle por notificado, de forma automática, comienza el plazo para contestar o recurrir dicha notificación. Estos plazos dependen de cada tipo de requerimiento o trámite, lo que quiere decir que si no se está atento a estas notificaciones puede que se pase el plazo para contestarlas o recurrirlas.

Sabemos que usted no tiene tiempo para revisar diariamente sus notificaciones electrónicas ni para acceder a los requerimientos recibidos en fechas anteriores por lo que en Grupo Simal gestionamos su buzón electrónico para que esté al día en todas sus notificaciones.

Nuestra máxima es la comodidad del cliente, por ello nos ocupamos de todas las gestiones de su Buzón Electrónico y notificaciones, para que usted se preocupe por lo que realmente importa: SU EMPRESA

 

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