Derogación de los contratos de trabajo e incentivos afectados por la reducción de la tasa de paro por debajo del 15%

El Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, en su Disposición transitoria sexta deroga las modalidades de contrato vinculadas a la tasa de paro que se desarrollaron en la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral y en la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, siendo estas las siguientes:

 

  • Incentivos a los contratos en prácticas.
  • Incentivos del contrato a tiempo parcial con vinculación formativa.
  • Contrato indefinido de apoyo a emprendedores.
  • Contrato indefinido de jóvenes por microempresas y empresarios autónomos.
  • Contrato para primer empleo joven.
  • Contrato para la formación y el aprendizaje para personas entre 25 y 30 años.
  • Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven.
  • Ayuda de acompañamiento al salario de los jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

 

Los citados contratos celebrados antes de la entrada en vigor del Real Decreto-ley 28/2018, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de su celebración, considerándose válidos los contratos, así como en su caso los incentivos correspondientes, que se hayan celebrado desde el 15 de octubre de 2018, fecha de publicación de la Encuesta de Población Activa del tercer trimestre de 2018, hasta el 1 de enero de 2019, al amparo de la normativa vigente en el momento de su celebración, que se considera plenamente aplicable a estos contratos e incentivos hasta el momento de su derogación o modificación.

 

 

Departamento Laboral
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