AYUDAS PARA AUTÓNOMOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID (PLAN RELANZA II)

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo, quiere ayudar a los autónomos con el objetivo de intentar minimizar las elevadas pérdidas que sufren sus negocios, como medida de estímulo para evitar la destrucción de nuevas empresas, de puestos de trabajo y contribuir a la generación de riqueza. Para ello, ha aprobado la segunda convocatoria del PLAN RELANZA, una ayuda de 3.000 euros, por solicitante, a fondo perdido.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que se regulan en la presente convocatoria los trabajadores y trabajadoras autónomos que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Haber iniciado su actividad económica a partir al 1 de enero de 2017.
  • Que la sede de la empresa o el local donde se desarrolla o se presta la actividad económica se encuentre en el término municipal de Madrid.
  • No haber sido beneficiarios de las ayudas a autónomos en el marco del Plan Relanza del Ayuntamiento de Madrid en el año 2021.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid.
  • No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones a los beneficiarios.

Quedan excluidos los autónomos societarios (tener acciones o participaciones de la sociedad y llevar a cabo funciones gerenciales, directivas o trabajar en ella) y las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación.

En el caso de comunidades de bienes la ayuda deberá solicitarla un solo comunero, aquel que hubiera sido designado como representante por el resto.

El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día 3 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2022.

 

Grupo Simal Abogados, Asesores y Consultores