Ayudas destinadas a empresas turísticas
Concesión de subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Mérida, destinadas a las empresas turísticas de la ciudad que han visto afectada su actividad por la crisis sanitaria causada por el COVID-19.
Beneficiarios
Las empresas, personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y entes no personificados con establecimiento en Mérida, que se han visto afectadas por la crisis sanitaria ocasionada y el cierre de su actividad por el COVID.
Además de aquellas empresas con establecimiento en Mérida que presten servicio de comidas para llevar o recoger en su local con CNAE epígrafe 677.9.
Las entidades o personas beneficiarias deberán desarrollar su actividad en la ciudad de Mérida.
Requisitos para ser beneficiarios/as de la ayuda:
1. Contar con licencia de apertura del establecimiento o copia de haber tramitado su solicitud.
2. Estar dado de alta en Hacienda, en cualquiera de los regímenes de la Tesorería General de la Seguridad Social o en la Mutua profesional correspondiente desde, al menos, el día anterior a esta convocatoria de ayuda.
3. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
4. No ser deudor del Ayuntamiento de Mérida. A este respecto, en la solicitud se autorizará a la Administración Municipal a comprobar de oficio tal extremo, en caso contrario deberá aportarlo el Interesado.
5. No podrán estar incursas en alguna de las circunstancias que impiden tener la condición de beneficiario de subvenciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
6. En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, debe nombrarse una persona representante apoderada con poderes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación o comunidad de bienes. Así mismo, y en los términos previstos en el artículo 11.3 LGS, la agrupación o comunidad de bienes no podrá disolverse hasta que transcurra el plazo de prescripción a que hacen referencia los artículos 39 y 65 LGS. Además, tanto en la solicitud como en la resolución de concesión deberán hacerse constar expresamente los porcentajes de participación de las personas integrantes en la entidad beneficiaria, en función de los cuales participarán en los derechos y obligaciones derivados del otorgamiento de la subvención.
7. Estar inscritos en el registro municipal “DeMérida” como empresa de Mérida. La inscripción se realizará a través de la web municipal www.merida.es.
Cuantía de la subvención
Línea 1. Estímulo a la hostelería y los comercios que prestan servicio de comidas en local o recoger en Mérida. Si la actividad cumple los requisitos estipulados, persona física o jurídica se le otorgará una ayuda directa por establecimientos de hostelería y comercios que prestan servicio de comidas para llevar y recoger:
Línea 1. A. Con el objeto de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de la actividad de hostelería. Se establece una ayuda para el mantenimiento de puestos de trabajo por un importe de hasta cinco mil euros (5.000,00 €) por establecimiento con la contratación a jornada completa durante al menos un mes dentro del periodo subvencionable (del 1 de marzo al 31 de agosto de 2021). En el caso de que la empresa tenga trabajadores contratados a jornada completa o y la suma de las jornadas de los trabajadores a tiempo parcial hasta llegar como mínimo al 70% de la jornada completa. A estos efectos no se computarán las personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación de empleo ERTE, en la parte proporcional del tiempo que esté suspendido su contrato de trabajo. Así como el trabajador o trabajadora por cuenta propia o autónomo o autónoma económicamente vinculado al establecimiento o actividad subvencionada. Se establecen las siguientes cuantías:
Empleados autónomos a jornada completa o jornada parciales que sumen mínimo el 70% de la jornada completa.
1-2 = 2.000,00 euros
3-4 = 2.500,00 euros
5-6 = 3.000,00 euros
7-8 =4.000,00 euros
9 o más = 5.000,00 euros
Línea 1. B. Para el fomento del consumo en la hostelería de Mérida a través de bonificaciones con descuento sobre los precios de venta al público con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad turística de la ciudad. Si la actividad cumple los requisitos estipulados y dentro de las actividades: Bares, restaurantes, cafeterías, heladerías, servicios de cátering, churrerías o empresas de comidas para llevar con establecimiento en Mérida. Se le otorgará un cupo por establecimiento de 100 bonos turísticos de 20,00 € de descuento cada uno, destinada estimular el consumo en la hostelería, para la reapertura por el cese de la actividad debido a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID. A tal efecto, el Ayuntamiento de Mérida distribuirá entre los hogares de la ciudad una serie de bonos turísticos codificados que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, hasta el máximo estipulado de 2.000,00 € por establecimiento. El periodo para canjear los bonos turísticos abarcara desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva, en la web www.merida.es, hasta los tres meses posteriores. Los beneficiarios de esta línea de bonos turísticos se obligan a:
– Utilizar la APP diseñada por el Ayuntamiento para la gestión, seguimiento y justificación de las ayudas reguladas en la presente base.
– Aplicar un descuento de 20,00 € a los clientes que presenten un bono descuento en su establecimiento, y a ejecutar el mismo en su integridad manteniendo el precio de sus productos y servicios durante toda la campaña.
– El beneficiario podrá extender un vale por la diferencia de la cantidad para consumir en otro momento dentro de la campaña, pero obligatoriamente el cliente deberá gastar y abonar en el momento los 40,00 € mínimos para la justificación del bono. En ningún caso el Vale sustituirá a los medios admitidos en estas bases como documentos justificativos de la subvención recibida. Anexo V.
– Los beneficiarios o beneficiarias sólo podrán coger los bonos y aplicar su descuento hasta llegar al total de los bonos que se le haya concedido sin reservas previas.
– Los bonos se deberán consumir en el plazo necesario de tres meses establecidos. – Deberá conservar los bonos turísticos canjeados junto a su ticket o factura correspondiente hasta la finalización de la justificación de la ayuda.
Los conceptos de ayuda referidos de la línea 1A y línea 1B son compatibles entre sí, no superando la suma de los dos en total en ningún caso los 7.000,00 € por establecimiento.
Línea 2. Estímulo a los alojamientos de la ciudad de Mérida. Con el objeto de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de la actividad de los establecimientos que prestan servicio de alojamientos con centro de empleo en Mérida. Si la actividad cumple los requisitos estipulados en la base cuarta, se establece una ayuda para el mantenimiento de puestos de trabajo por un importe de hasta cinco mil euros (5.000,00 €) por establecimiento con la contratación a jornada completa durante al menos un mes dentro del periodo subvencionable (del 1 de marzo al 31 de agosto de 2021). En el caso de que la empresa tenga trabajadores contratados a jornada completa o y la suma de las jornadas de los trabajadores a tiempo parcial hasta llegar como mínimo al 70% de la jornada completa. A estos efectos no se computarán las personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación de empleo ERTE, en la parte proporcional del tiempo que esté suspendido su contrato de trabajo. Así como el trabajador o trabajadora por cuenta propia o autónomo o autónoma económicamente vinculado al establecimiento o actividad subvencionada. Se establecen las siguientes cuantías:
1-2 = 2.000,00 euros
3-4 = 2.500,00 euros
5-6 = 3.000,00 euros
7-8 =4.000,00 euros
9 o más = 5.000,00 euros
Línea 3. Estímulo a agencias de viajes, guías oficiales y otras actividades turísticas de la ciudad de Mérida: Con el objeto de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de la actividad turística con centro de empleo en Mérida. Si la actividad cumple los requisitos estipulados, se otorgará una ayuda directa por establecimiento, persona física o jurídica que preste servicios turísticos de viajes, guías u otra actividad turística en la ciudad de Mérida para el mantenimiento de puestos de trabajo por un importe de hasta cinco mil euros (5.000,00 €) por establecimiento con la contratación a jornada completa durante al menos un mes dentro del periodo subvencionable (del 1 de marzo al 31 de agosto de 2021). En el caso de que la empresa tenga trabajadores contratados a jornada completa o y la suma de las jornadas de los trabajadores a tiempo parcial hasta llegar como mínimo al 70% de la jornada completa. A estos efectos no se computarán las personas trabajadoras afectadas por un expediente de regulación de empleo ERTE, en la parte proporcional del tiempo que esté suspendido su contrato de trabajo. Así como el trabajador o trabajadora por cuenta propia o autónomo o autónoma económicamente vinculado al establecimiento o actividad subvencionada. Se establecen las siguientes cuantías:
1-2 = 2.000,00 euros
3-4 = 2.500,00 euros
5-6 = 3.000,00 euros
7-8 =4.000,00 euros
9 o más = 5.000,00 euros
Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 15 de marzo de 2021.
Ayudas “Plan estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida para el año 2021”
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del Excmo. Ayuntamiento de Mérida, destinadas al sector del comercio minorista en la ciudad de Mérida; así como el fomento del consumo y mantenimiento del empleo en los establecimientos beneficiarios mediante bonos-descuento.
- Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial.
- Línea 2: Incentivos a la contratación de trabajadores/as, a través de bonificaciones con descuentos sobre los precios de venta al público, con el objetivo de paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de determinadas actividades comerciales.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases, las empresas, personas físicas y jurídicas, incluyendo las comunidades de bienes y otras agrupaciones sin personalidad jurídica propia y que ejerzan algunas de las actividades comerciales minoristas que se han visto afectadas por el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS COV-2.
Los beneficiarios/as de las ayudas reguladas en las presentes bases se obligan a:
- Utilizar la APP Comercio Mérida, diseñada por el Ayuntamiento para la gestión y justificación de las ayudas reguladas en la presente base.
- Los beneficiarios/as tendrán la obligación de coger los bonos al consumo y aplicar su correspondiente descuento hasta llegar al total de los bonos al consumo que se le hayan concedido, sin reservas previas.
- Los beneficiarios/as tienen la obligación de mantener el precio de sus productos y servicios durante toda la campaña, sin realizar ningún aumento en ellos al canjear los bonos al consumo.
- Los beneficiarios/as tienen la obligación de poner todo su stock de productos o de servicios a disposición de los clientes que quieran canjear su bono al consumo en su establecimiento.
- Los beneficiarios/as tienen la obligación de conservar los bonos al consumo canjeados junto a su correspondiente factura o ticket con descuento aplicado hasta la finalización de la justificación de la ayuda.
- Asimismo los beneficiarios/as se obligan a aplicar a los clientes que presenten un bono descuento, y a ejecutar el mismo en su integridad, extendiéndose un vale para aquellos productos o servicios, cuya cuantía debido a su naturaleza sea inferior a los 40,00 € y se deberán consumir en el plazo necesario de los dos meses establecidos.
Cuantía de la subvención
Línea 1: Estímulo al consumo en el comercio minorista de Mérida a través de una serie de bonos al consumo que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, con el fin de lograr una pronta recuperación de la actividad comercial. Se establece una ayuda por un importe de dos mil euros (2.000,00 €) por establecimiento. El límite de bonos de cada establecimiento vendrá determinado por la siguiente fórmula:
- Subvención concedida importe fijo / 20 = Número de bonos canjeables, 100 bonos por establecimiento.
- Sólo se podrá aplicar el bono en aquellas compras cuyo importe bruto sea como mínimo el doble del valor del bono (40,00 €).
Línea 2: Incentivos para paliar la destrucción de empleo como consecuencia del cierre temporal de la actividad comercial. Se establece una ayuda para el mantenimiento de puestos de trabajo a través de una serie de bonos al consumo que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final, por un importe de hasta dos mil quinientos euros (2.500,00 €) por establecimiento con la contratación a jornada completa durante al menos dos meses consecutivos dentro del periodo subvencionable (del 1 de marzo al 31 de agosto de 2021). Se establece la cuantía de 500,00 euros para cada trabajador/a contratado/a a jornada completa o y la suma de las jornadas de los trabajadores a tiempo parcial hasta llegar como mínimo al 70% de la jornada completa.
Excepto la jornada de las personas trabajadoras por cuenta ajena afectadas por un ERTE de carácter temporal que suspende su contrato o reduce su jornada laboral y por tanto tengan reconocido el derecho a percibir prestación contributiva por desempleo. El límite de bonos de cada establecimiento vendrá determinado por la siguiente fórmula:
- Subvención concedida / 20 = Número máximo de bonos canjeables, 125 bonos por establecimiento.
- Sólo se podrá aplicar el bono en aquellas compras cuyo importe bruto sea como mínimo el doble del valor del bono (40,00 €).
Los conceptos de ayudas referidos en las líneas anteriores son compatibles entre sí. El Ayuntamiento de Mérida distribuirá entre los hogares de la ciudad una serie de bonos al consumo que podrán canjearse en los distintos establecimientos en forma de descuento sobre la compra final.
Plazo de presentación: Hasta el 15 de marzo de 2021.
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