El Boletín Oficial del Estado de 25 de abril de 2023 ha publicado la Orden HFP/405/2023, de 18 de abril, por la que se reducen para el período impositivo 2022 los índices de rendimiento neto y la reducción general aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.
La normativa tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022 y establece medidas tanto para la declaración de IRPF de 2022 como para el ejercicio en curso 2023.
NOVEDADES PARA EL EJERCICIO 2022
- La reducción del rendimiento neto de módulos asciende al 15% y se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos del pago fraccionado correspondiente al cuarto trimestre de este año.
- Se aplican también en este ejercicio las medidas excepciones para las actividades agrícolas y ganaderas señaladas para el ejercicio 2023 (reducción del rendimiento neto previo por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes).
- Se aplican los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica en sustitución de los previstos en la Orden de módulos para 2022 inicialmente publicada.
En paralelo, la orden incluye un elevado número de reducciones a nivel autonómico, provincial o municipal en otras producciones, en concreto para el caso de EXTREMADURA se han reducido los coeficientes según las poblaciones.
NOVEDADES PARA EL EJERCICIO 2023
- Reducción del rendimiento neto de módulos. Con carácter general, el rendimiento neto de módulos se reduce en un 10%. Esta reducción se tendrá en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos de los pagos fraccionados correspondientes al ejercicio 2023.
- Medidas excepcionales para las actividades agrícolas y ganaderas. El rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades y debidamente documentados mediante factura.
- Ayudas directas desacopladas de la PAC. Se establece para estas ayudas que su tributación sea en proporción a los ingresos de los cultivos o explotaciones se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa.
- Reducción del rendimiento neto para actividades desarrolladas en Lorca y en la Isla de la Palma.
- Se aplican los siguientes índices de rendimiento neto a las actividades agrícolas que se señalan a continuación, en sustitución de los establecidos en la orden inicialmente publicada:
- Actividad de Uva de mesa: 0,32
- Actividad de Flores y plantas ornamentales: 0,32
- Actividad de Tabaco: 0,26
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