Ayudas al desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante

Ayudas al desarrollo sostenible en áreas protegidas

Ayudas para el desarrollo sostenible en áreas protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitats importantes, con estas ayudas se pretende compatibilizar la conservación del medio natural con el adecuado desarrollo sostenible en estas zonas.

 

Beneficiarios

  • Personas físicas o jurídicas de derecho privado que sean titulares de una explotación agroforestal incluidas en espacios de la Red Natura 2000 en Extremadura y otros parajes de alto valor natural.

 

  • Agrupaciones de personas físicas o jurídicas de derecho privado, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las acciones objeto de subvención, y que sean titulares de una explotación agroforestal incluidas en espacios de la Red Natura 2000 de Extremadura y otros parajes de alto valor natural.

 

Actividades  subvencionables

  • Actuaciones de restauración y mantenimiento de zonas húmedas.
  • Actuaciones de mejora de hábitats agrícola en cultivos de secano.
  • Mejora de pastizales.
  • Cultivos de regadío.
  • Restauración de graveras.
  • Arreglo de tejados e instalación de nidos artificiales.
  • Arreglo de acequias tradicionales.
  • Trabajos selvícolas.
  • Obras en refugios de murciélagos.
  • Mejora de las poblaciones de conejo (solo para zona con poblaciones mínimas viables).
  • Charcas y puntos de agua.
  • Cerramientos, pasos y pastores eléctricos.
  • Bancales y terrazas.
  • Actuaciones en tendidos eléctricos.
  • Acciones de mejora y fomento de lindes, sotos o bosque galería.
  • Recuperación de elementos históricos del paisaje.

 

Requisitos de los beneficiarios

  1. No hallarse incursos en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en Ley de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

 

  1. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Seguridad Social y con la Hacienda autonómica.

 

  1. No haber sido sancionado mediante resolución firme en los últimos 5 años por alguna infracción contra la fauna, la flora y las áreas protegidas.

 

  1. Tener inscrito a su favor en el REXA (Registro de Explotaciones Agrarias), en el año de la convocatoria, la ubicación con el aprovechamiento adecuado y requisitos para cada una de las actuaciones o, al menos, acreditar que se ha solicitado la inscripción de la misma con anterioridad a la emisión de la resolución. No obstante, para proceder al pago de la subvención será requisito indispensable la inscripción en el REXA en el año en que se procede a la justificación de la acción subvencionada. Los solicitantes deberán tener declarado el suelo de la superficie para la que se solicitan las ayudas y, en caso de las actuaciones asignadas por superficie, debe tener al menos las unidades de superficie solicitadas.

 

  1. En el supuesto de que el solicitante, persona física o jurídica, no sea el propietario del terreno, se deberá contar con el consentimiento de éste para efectuar la actuación solicitada en la ubicación propuesta, aportando declaración responsable de conformidad del propietario para la realización de las acciones y en su caso para la firma de Acuerdos de Colaboración.

 

Cuantía

El importe máximo de la subvención concedida por beneficiario en la convocatoria no podrá exceder de 20.000 euros, que podrán ser repartidos entre las anualidades convocadas 2020, 2021 y 2022.

 

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Hasta el 20 de octubre de 2020

 

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Tramitamos toda la documentación necesaria para su presentación.

 

 

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